1.- Para pertenecer a esta Asociación Gremial:
  1. Debe ser un industrial con actividad económica preferentemente en la comuna de La Reina.
  2. Conocer los Estatutos de AIR-A.G y estar dispuesto a cumplirlos.
  3. Participar y cooperar en las actividades que AIR-A.G realiza a lo largo del año, en especial a la Asamblea de Socios.
  4. Enviarnos una carta de presentacion de la empresa donde exprese su interes en formar parte de AIR-A.G adjuntando un informe de Dicom.
  5. Esperar que el Directorio de AIR-A.G revise su solicitud y antecedentes respecto a su incorporación.
  6. Todo socio nuevo de AIR-A.G, debe cancelar una cuota de incorporación de $ 95.000 y una cuota social mensual de 1.3 UF.

Si usted desea la ficha de incorporación, debe solicitar y enviar al correo electrónico a secretaria@air.cl.

Consultas: secretaria@air.cl o fono 22273 1920 / 22 275 10 68 de lunes a viernes de 8:30 - 17:30 hrs.

Si lo desea además puede agendar una visita con profesionales de AIR-A.G, quienes le podrán explicar mejor las ventajas de formar parte de esta Asociación Gremial.

2.- ¿Que empresas socias de AIR tienen salones de ventas?

En general es poco frecuente que las empresas al interior del Parque Industrial cuenten con salones de ventas.

En la actualidad es factible comprar al menudeo en las siguientes empresas:

Anilinas Montblanc: Envasado de anilinas y teñido de prendas.

Aurelia Quezada: Venta y distribución de gas.

Cavas Reunidas: Venta de vinos.

Comercial V y A: Comercializadora de alimento de mascotas.

Comercial Vicuña: Fabricación y venta de puertas.

Distribuidora MG: Venta y distribución de gas.

E. Multiquimica: Producción y venta de Cloro para diversos usos.

ETSA: Elaboración de productos de polierutano expandido.

Isoplast: Soluciones térmicas en refrigeración industrial, aire acondicionado, instalaciones sanitarias y construcción.

Lavacenter Express: Lavaseco.

Muebles Müller: Elaboración y venta de muebles de cocina a medida.

Piscinería: Construcción y venta de repuestos para piscinas.

El resto de nuestros asociados atiende a sus clientes a través de atención telefónica o vía correo electrónico.

3.- ¿ Que trámites debo realizar en la Seremi de Salud R.M para obtener Patente?

En la Seremi de Salud R.M, le corresponderá realizar dos trámites si se encuentra solicitando una patente industrial, esto es un taller, bodega ó industria. Los trámites a solicitar, son:

  • Calificación Técnica, que requiere la Dirección de Obras Municipales para los Permisos de Edificación.
  • Informe Sanitario ó resolución sanitaria, que se lo requiere la oficina de patentes y será informe sanitario para todas las actividades , exceptuando de ellas las que se refieren a alimentos en donde el certificado se llama resolución sanitaria.

4.- ¿Que es una modificación de permiso de edificación?

Este es un trámite que debe realizar un arquitecto y permite la modificación de un proyecto con posterioridad al permiso de edificación otorgado por la Dirección de Obras Municipales el cual es previo a la recepción final .

Valor a cancelar al Ingreso: 10% de los derechos municipales.

Valor del Permiso: 0,75 % del presupuesto oficial de acuerdo a sistema constructivo y superficie edificada (tabla de costos unitarios x M²), descontado el valor de ingreso.

Plazo: 30 días para emitir acta de observaciones por parte de la DOM y 15 días en caso de contar con Revisor Independiente. El plazo es de 60 días como máximo para el reingreso de observaciones subsanadas.

Requisitos que se deben presentar al solicitar la modificación del permiso:

  • Solicitud de Modificación de Permiso de Edificación, firmada por el propietario y el arquitecto, indicando si hay modificación de toda o parte de la edificación.
  • Listado de los documentos que se agregan, se reemplazan o se eliminan con respecto al expediente original, firmada por el arquitecto.
  • Certificado de Informaciones Previas en caso de ampliaciones de superficie.
  • Listado de modificaciones, referidas a cada plano, firmada por el arquitecto.
  • Planos con las modificaciones, indicando en ellos o en esquema adjunto los cambios con respecto al proyecto original, firmados por el arquitecto y el propietario.
  • Cuadro de superficies individualizando las áreas que se modifican, las que se amplían o disminuyen en su caso.
  • Especificaciones técnicas de las modificaciones, si correspondiere, firmadas por el arquitecto y el propietario.
  • Presupuesto por obras complementarias, si las hubiere.
  • Fotocopia del Permiso de Edificación anterior aprobado por la DOM.
  • Informe Favorable de Revisor Independiente, en caso de haber sido contratado (incluir patente al día y certificado de vigencia del revisor)
  • Planos y memoria de cálculo del proyecto de estructuras, firmados por el profesional responsable e informe favorable de revisor de proyecto de cálculo estructural, cuando corresponda.
  • En caso de contemplar una actividad productiva y aumento de superficie respecto del permiso primitivo, deberá solicitar una nueva calificación de la actividad emitido por la Seremi de Salud.
  • Cuando corresponda y según las modificaciones realizadas, deberá adjuntar nuevo Estudio de Resistencia al Fuego, Estudio de Densidad de Carga de Combustible, calculo de estacionamientos, calculo de artefactos sanitarios para personal, etc.

Cuando se modifica el Instrumento de Planificación Territorial (PRC, Ley u Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones, se podrá modificar un proyecto en base a las normas con que fue aprobado inicialmente, siempre que no contemple un aumento de superficie superior al 5% o nuevos destinos no admitidos por la normativa vigente al momento de solicitar el permiso.

5.- ¿Que horario de atención a publico tiene AIR?

Lunes a Viernes de 8:30 a 18:00

Jorge Alessandri Nº 50, 2º Piso, fono 22273.19.20 - 22275.10.68

El Directorio de AIR-A.Glos atiende en sus reuniones quincenales o en una reunión pre-agendada que debe solicitar a la secretaria.

6.- ¿Dispone AIR-A.G de formularios para tramites municipales?

No, AIR no dispone de formularios para que sus socios realicen trámites en el Municipio de La Reina, ya que dicho Municipio no entrega formularios a terceras personas, sólo a quién realiza el tramite directamente en las dependencias municipales.

Sin embargo los profesionales de AIR pueden indicarle que formularios se encuentran online en la página web del Municipio y la forma de acceder a ellos.

Favor contactar a la Srta Magaly Lipán en este tema al mail cobranzas@air.cl o fono 22273 19 20.

7.- ¿Puedo solicitar asesorías sin ser asociado?

No, es requisito para solicitar una asesoría y apoyo de los profesionales de AIR, SER SOCIO.

8.- ¿Donde se ubica el Parque Industrial?

El Parque Industrial de La Reina se encuentra al este (hacia la cordillera) del Aeródromo de Tobalaba.

El Parque Industrial de La Reina limita al norte con la calle Larraín al sur con Talinay al poniente Jorge Alessandri y al oriente calle Diputada Laura Rodríguez.

Al interior de este Parque Industrial se encuentran la mayoría de nuestros asociados, en una superficie total de 33 hectareas.

9.- ¿Donde puedo arrendar un salón para eventos?

Usted puede arrendar los salones que AIR tiene a disposición de sus socios a precios preferenciales y también están disponibles para no asociados a valores de lista.

AIR cuenta con un auditorio, una sala de reuniones y una terraza, los cuales se encuentran en Jorge Alessandri Nº 50, Segundo Piso.

Para reservar los salones contactar al fono 22273.19.20 o correo electrónico secretaria@air.cl

10.- ¿Como obtengo patente industrial en La Reina?

Toda instalación de una industria, Bodega ó Taller debe llevar junto a los documentos contables y administrativos , Certificados y Permisos que otorga la Dirección de Obras Municipales y la Seremi de Salud R.M.

Para iniciar sus tramites debe concurrir a Administración y Finanzas en Av. Alc. Fernando Castillo Velasco 9925 de lunes a jueves de 8:30 a 14:00 y 15:00 a 17:30 hrs., viernes de 8:30 a 14:00 y 15:00 a 16.30 hrs.

Los antecedentes frecuentemente requeridos en la unidad de Patentes Comerciales son entre otros:

  • RUT del solicitante / CI si es persona natural, fotocopia.
  • Fotocopia de iniciación de actividades del Servicio de Impuestos Internos.
  • Fotocopia de cambio de domicilio.
  • Fotocopia ampliación de giro / apertura de sucursal.
  • Certificado de antecedentes, solo para patente de alcoholes (por cada uno de los socios).
  • Certificado de capital inicial simple actualizado, en original y firmado por el contador y representante legal.
  • Fotocopia de patente vigente, si va abrir una sucursal de otra actividad vigente en algun lugar del territorio chileno.
  • Fotocopia de contrato de arriendo.
  • Recibo de contribuciones o escritura de dominio de la propiedad.
  • Certificados otorgados por la Seremi de Salud (Bulnes Nº 194).
  • Informe o Resolución sanitaria Favorable.
  • Certificado de calificación Técnica , donde la actividad sea calificada como Inofensiva o Molesta.

Realizada la solicitud, deberá concurrir a la Dirección de Obras Municipales, para requerir la inspección de un arquitecto que constate que el uso de suelo permite la actividad industrial y que las edificaciones existentes tiene Permiso de edificación y Recepción Final.

11.- ¿Que es zonificación?

Es la indicación del uso de suelo que establecen el Plan Regulador Intercomunal y el Plan Regulador Comunal.

El interesado debe consultar en el Departamento de Obras Municipales si el emplazamiento propuesto para desarrollar su actividad está de acuerdo con los usos de suelos que se establecen el Plan Regulador por ejemplo, una actividad industrial no podrá localizarse nunca en zonas residenciales exclusivas o en zonas de protección ecológica o de áreas verdes.

En el caso del Parque Industrial de La Reina, solo se permiten actividades industriales calificadas como INOFENSIVA O MOLESTAS e Infraestructura.

12.- ¿Como obtener permiso de edificación?

Debe concurrir a la Dirección de Obras Municipales, ubicado en Avda. Alcalde Fdo. Castillo Velasco Nº 9925 , donde podrá solicitar tres tipos diferentes de permisos, según lo que desee construir.

1 Anteproyecto de Edificación

Aprobación de condiciones técnico urbanísticas y de uso de suelo, previo a la tramitación de un Permiso de Edificación.

Plazo: 15 días para emitir acta de observaciones por parte de la DOM y 60 días como máximo para el reingreso de observaciones subsanadas.

Requisitos:

  • Solicitud de Aprobación de Anteproyecto.
  • Fotocopia de Certificado de Informaciones Previas.
  • Plano de Ubicación.
  • Plano de Emplazamiento.
  • Plantas esquemáticas por piso.
  • Siluetas de elevaciones.
  • Plano comparativo de sombras, en caso de acogerse al Art. 2.611 de la O.G.U y C.
  • Cuadro general de superficies edificadas
  • Especificaciones técnicas resumidas.
  • Clasificación de las construcciones para cálculo de derechos municipales.
  • Declaración simple de dominio de propiedad.
  • Copia patente al día del profesional patrocinante
  • Informe favorable del revisor independiente sólo si hubiere sido contratado (incluir certificado de vigencia del Revisor Independiente).
  • Para Anteproyecto de Loteo con Construcción Simultánea se deberá acompañar los antecedentes señalados en el Art. 3.1.4 de la O.G.U y C.
  • Los planos y demás antecedentes deberán cumplir con lo detallado en el Art. 5.1.5 de la O.G.U y C.
  • Al ingreso de la solicitud podrá adjuntarse sólo un juego de planos (otras copias se exigirán al momento previo a la aprobación).

2 Permiso de edificación obra menor

Modificación de edificaciones existentes que no alteran su estructura, con excepción de las señaladas en el artículo 5.1.2. de la O.G.U. y C. y las ampliaciones que se ejecuten por una sola vez o en forma sucesiva en el tiempo, hasta alcanzar un máximo de 100 m2 de superficie ampliada.

Plazo: 15 días para emitir Acta de Observaciones por parte de la D.O.M 60 días como máximo para el reingreso de observaciones subsanadas.

Requisitos:

  • Solicitud de Obra Menor.
  • Certificado de Informaciones Previas.
  • Declaración simple del arquitecto señalando cumplimiento de la normativa vigente.
  • Descripción de la obra (especificaciones técnicas)
  • Patente al día de los profesionales que intervienen en el proyecto.
  • Declaración simple de calidad de propietario del bien raíz
  • Presupuesto de las obras.
  • Presupuesto por Alteraciones a Permiso de Edificación existente.
  • Autorización Notarial por mayor adosamiento, (Cuando corresponda).
  • Factibilidades de Agua Potable y Alcantarillado, (Cuando corresponda).
  • Anexo de Resistencia al Fuego. Art. 4.3.3., 4.3.4., O.G.U. y C.
  • Responsabilidad Estructural, (Pliego de Memoria de Cálculo y Planos de Cálculo Estructural) por parte del profesional responsable (cuando corresponda).
  • Planos de Arquitectura:
  • Planta de ubicación.
  • Planta de emplazamiento, escala 1:200 indicando situación de los vecinos.
  • Planta de edificación primitiva total y ampliación.
  • Cortes y Elevaciones.
  • Los antecedentes deben estar suscritos por los profesionales competentes junto al propietario.

3 Permiso de edificación de obra nueva y ampliación sobre 100m²

Este permiso tiene como objetivo obtener un proyecto aprobado, previo a construir, conforme a las disposiciones de la Ley General de Urbanismo y Construcciones y su Ordenanza.

Plazo: 30 días para emitir acta de observaciones por parte de la D.O.M y 15 días en caso de contar con Informe Favorable de Revisor Independiente.

Requisitos Generales:

  • Los planos y demás antecedentes deberán cumplir con lo detallado en el Art. 5.1.6 de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones.
  • Solicitud con datos completos, firmada por el propietario, el arquitecto y demás profesionales que intervienen en el proyecto.
  • Listado de documentos y planos numerados que conforman el expediente, firmado por el arquitecto.
  • Patentes de Profesionales competentes que intervienen en el proyecto.
  • Fotocopia de Certificado de Informaciones Previas vigente.
  • Formulario único de estadísticas de edificación original y duplicado en fotocopia.
  • Certificado de factibilidad de dación de servicios de agua potable y alcantarillado o proyectos aprobados por la autoridad respectiva (en áreas no concesionadas).
  • Cuadro de superficies.
  • Plano comparativo de sombras en caso de acogerse al Art. 2.6.11 de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones.
  • Plano de estructura y memoria de cálculo de acuerdo con el Art. 5.1.7 de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones, cuando corresponda.
  • Especificaciones Técnicas de las partidas contempladas en el proyecto, especialmente a las que se refieran al cumplimiento de normas contra incendio.
  • Plano o información topográfica.
  • Informe del revisor independiente de arquitectura o arquitecto proyectista, cuando hubiera sido contratado.
  • Informe del revisor independiente de cálculo estructural, cuando corresponda.
  • Certificado de inscripción de revisores independientes.
  • Estudio de ascensores, cuando corresponda.
  • Comprobante de ingreso de la solicitud de fusión, cuando corresponda.

13.- ¿Como obtengo la recepción final?

Para habitar un proyecto ejecutado, las obras deben ser recibidas previamente por la D.O.M. en conformidad con los planos, especificaciones y demás antecedentes aprobados en el permiso respectivo y sus modificaciones.

Plazo:

15 Días para Obra Menor y Ampliación menor a 100 M²

30 Días para Obra Nueva y Ampliación mayor a 100 M²

Requisitos:

  • Solicitud de Recepción Final correspondiente.
  • Informe del Arquitecto y del Revisor Independiente (cuando hubiera sido contratado) en que se certifique que las obras se han ejecutado de acuerdo al permiso otorgado incluidas sus modificaciones, conforme a lo indicado en el Inciso segundo del Artículo 119 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones. En caso que la construcción hubiera contado con un Inspector Técnico de Obra (I.T.O.) también deberá acompañarse un informe de dicho profesional.
  • Informe de Medidas de Gestión y Control de calidad, y la Certificación de su cumplimiento, ambos emitido por profesional Competente.
  • Certificado de dotación de agua potable y alcantarillado y planos de instalaciones aprobados.
  • Copia de la Declaración de Instalación Eléctrica, con la constancia de acuso de recibo en la Superintendencia de Electricidad y Combustibles y planos aprobados.
  • Copia de la Declaración de Instalación interior de Gas, informada en la Superintendencia de Electricidad y Combustibles y planos aprobados.
  • Aviso de instalación y planos correspondientes a las redes y elementos de telecomunicación
  • Declaración de instalaciones eléctricas de ascensores y montacargas inscrita por el instalador autorizado en la S.E.C., la cual registrará la inscripción cuando proceda.
  • Declaración de instalaciones de calefacción, central de agua caliente y aire acondicionado, emitida por el instalador, cuando proceda.
  • Certificados de ensaye de los hormigones empleados en la obra, de acuerdo con las normas oficiales.
  • Declaración especificando si ha habido o no cambios en el proyecto aprobado. Si los hubiere habido, deberán adjuntarse los documentos actualizados en los que incidan tales cambios. Si las modificaciones inciden en el proyecto estructural, deberán adjuntarse, debidamente modificados, los documentos a que se refiere el Art. 5.1.7. de O.G.U. y C. Tratándose de proyecto de cálculo estructural que deben someterse a revisión conforme al Art. 5.1.25., estos documentos deberán estar visados por el Revisor de proyecto de Cálculo Estructural.
  • El Director de Obras Municipales, para cursar la recepción definitiva, deberá verificar la reposición de los pavimentos y obras de ornato existentes con anterioridad al otorgamiento del permiso, en el espacio público que enfrenta el predio.
  • Cuando el proyecto aprobado incluya la ejecución de obras de urbanización, deberán agregarse los certificados de ejecución de cada una de dichas obras emitidas por los servicios correspondientes.
  • Tratándose de proyectos de loteo con construcción simultánea, se recepcionarán simultáneamente las obras de edificación y de urbanización, salvo que éstas últimas se hubieren recepcionado en forma anticipada.
  • Los antecedentes y certificaciones antes mencionados se archivarán conjuntamente con el legajo que señala el inciso primero del Art. 5.1.16. de O.G.U. y C.
  • Recepción de la Dirección de Tránsito y Transporte Público por los accesos vehiculares cuando corresponda.
  • Recepción de la Dirección de Aseo y Ornato por las áreas de arborización cuando corresponda.
  • Adjuntar certificación de Pinturas Intumescentes cuando corresponda.

Todo esto debe ser presentado por un arquitecto en el Municipio en la Dirección de Obras Municipales y mantener sobre dicho tramite un seguimiento para asegurase se concluya durante los plazos que la ley establece o entregar cualquiera infornación complementaria que deba ser requerida en conformidda con la ley.

14.- ¿Como obtengo el informe sanitario o resolución sanitaria?

Este documento es el que autoriza a la empresa a funcionar y acredita se cumple la ley 16.744 y el DS 594, asegurando no existen riesgos para las personas que allí trabajan.

La municipalidad requiere este documento entre muchos otros para otorgar una Patente Industrial.

Este informe lo obtendra en la Seremi de Salud R.M, ubicada en Bulnes Nº 194, luego de una inspección en terreno de la empresa ya instalada, previo a su funcionamiento (posterior a la calificación técnica).

La autoridad sanitaria informará favorablemente una determinada actividad industrial o comercial, siempre que determine que técnicamente se han controlado todos los riesgos asociados a su funcionamiento y que la localización propuesta esté de acuerdo con los planos reguladores comunales e intercomunales.

¿CÓMO SE HACE?

  • Acuda a las Oficinas de la Autoridad Sanitaria, SEREMI SALUD RM. Ubicada en Av. Bulnes 194, Stgo. Centro en horarios de Lunes a jueves de 9:00 a 13:30 hrs. y viernes de 9:00 a 13:00 hrs.
  • Solicite el Formulario de Informe Sanitario, su Instructivo y Guía de Autoevaluación Lea cuidadosamente el Instructivo y verifique que su establecimiento cumpla con la normativa sanitaria y ambiental, y que cuente con todo los requisitos que allí se estipulan.
  • Llene la solicitud y preséntela en las Oficinas de la Autoridad Sanitaria
  • Pague el Arancel respectivo
  • Espere la visita de inspección a su actividad, en la cual se verificarán las condiciones de higiene y seguridad existentes y se solicitarán los antecedentes necesarios (Ejemplo: Planos, Boletas de Agua, Evaluaciones ambientales de los riesgos existentes en la actividad, Números de Registros de Fuentes Muestreos Isocinéticos, Certificados de Riles, entre otros, según corresponda)
  • Si el resultado de la inspección es positivo, debe acudir en el plazo señalado por el funcionario, nuevamente a las Oficinas de la Autoridad Sanitaria RM a retirar su documento.
  • En caso de ser Desfavorable su Informe Sanitario, el usuario tendrá un plazo de 60 días para apelar al Desfavorable, sin pago de nuevo arancel.

REQUISITOS:

Dar cumplimiento entre otros a la siguiente normativa, según sea el caso:

  • D.S. 594/99 del Minsal. Reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo.
  • D.S. 4/92 del Minsal. Norma de emisión de material particulado a fuentes estacionarias puntuales y grupales ubicadas en la región Metropolitana.
  • D.S. 16/98 del Minsal. Plan de prevención y descontaminación de la Región Metropolitana.
  • D.S. 144/61 del Minsal. Norma para evitar emanaciones o contaminantes atmosféricos de cualquier naturaleza.
  • D.S. 48/84 del Minsal. Aprueba reglamento de calderas y generadores de vapor.
  • D.S. 133/84 del Minsal. Reglamento sobre autorizaciones para instalaciones radiactivas y equipos generadores de radiaciones ionizants, personal que se desempeñe en ellas u opere tales equipos.
  • D.S. 3/85 del Minsal. Reglamento de protección radiológica de instalaciones radiactivas.
  • D.S. 146/97 del Minsegpres. Norma de emisión de ruidos molestos generados por fuentes fijas.
  • Ley 16744 del Mintrab. Accidentes del trabajo y enfermedades profesionales y decretos complementarios.
  • D.S. 351/93 del MOP. Reglamento para la neutralización de residuos líquidos industriales.
  • D.S. 609/98 del MOP. Norma de emisión para la regularización de contaminantes asociados a las descargas de Residuos Industriales Líquidos a sistemas de alcantarillado.
  • D.S. 90/96 del Minecom. Reglamento de seguridad para el almacenamiento, refinación, transporte y expendio al público de combustibles líquidos derivados del petróleo.
  • Res. 5081/93 de la SEREMI. Sistema de declaración y seguimiento de desechos sólidos industriales.

15.- ¿Que tramites debo realizar para obtener certificado de calificación técnica?

El certificado de calificación técnica, se requiere para regularizar o construir el inmueble donde se ubica(rá) su actividad. Lo solicita la dirección de obras de la municipalidad respectiva para otorgar el permiso de edificación. El certificado de calificación técnica es de duración indefinida, salvo ampliación y/o cambio giro y/o Nº de trabajadores y/o maquinarias o traslado de la actividad a una nueva localización.

Usted puede solicitar este certificado vía internet en la pagina www.asrm.cl ó de manera presencial, realizando las acciones que se detallan a continuación:

VIA INTERNET

  • Ingrese a la opción "Trámites en línea" del sitio web de la Secretaría Regional Ministerial de Salud Región Metropolitana, www.asrm.cl.

PRESENCIAL

  • Retirar el formulario en Oficina Atención al Usuario Paseo Bulnes 194, Santiago. Horario de atención de lunes a jueves de 9:00 a 13:30 y viernes de 9:00 a 13:00 hrs.

DOCUMENTOS REQUERIDOS PARA TRAMITE PRESENCIAL

  • Plano de planta con ubicación de maquinarias y vecinos colindantes.
  • Boleta de agua que acredite uso de alcantarillado.
  • Capacitación en manejo de extintores
  • Certificado cotizaciones Seguro Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales.
  • Si es ampliación, fotocopia de la resolución favorable anterior, etc.

Otros documentos requeridos según la actividad económica a realizar:

  • Evaluaciones ambientales de los riesgos existentes en la actividad
  • Nº registro de fuentes fijas.
  • Certificado de operadores competentes de calderas, autoclaves, equipos que emiten radiaciones ionizantes.
  • Certificado Anexo TE 1 para las instalaciones electricas y TE-6 para las instalaciones de gas, ambos son emitidos por la Superintendencia de Electricidad y Combustibles.
  • Certificado de RILES
  • Certificado capacitación del 100% de los trabajadores sobre los riesgos a los que está expuesto y medidas preventivas.

16.- ¿Como y donde efectúo una denuncia sanitaria? ¿Cuales son los tiempos de respuesta a estas?

La denuncia sanitaria debe ser realizada en la oficina Provincial de la Seremi más cercana a su domicilio, adjuntando la mayor cantidad de antecedentes referidos a la denuncia. Los tiempos de respuesta estarán directamente relacionados con el tipo de denuncia, el usuario podrá solicitar antecedentes del curso de su denuncia a la Oficina Provincial correspondiente.

En el caso de nuestra ciudad debe concurrir el propio afectado a la oficina de la Seremi de Salud R.M, atención usuarios ubicado en avenida Bulnes.

Tambien existe la posibilidad de realizar una denuncia on.line a través de la pagina web de dicho servicio , www.asrm.cl.

17.- ¿Que se entiende por accidente laboral?

El accidente ocurrido con ocasión del trabajo realizado al interior de la empresa o fuera de esta, siempre y cuando el trabajador se encuentre realizando trabajos para la empresa o en trayecto hacia ello dentro de la jornada laboral.

18.- ¿Que es la Franquicia Tributaria y como puedo utilizarla?

Ser contribuyente de 1ª categoría según la ley de impuestos a la renta, ya sea renta presunta o efectiva.

Aquellos contribuyentes que presentan una planilla anual de remuneraciones imponible igual o superior a 45 Unidades Tributarias Mensuales (UTM) y tengan cotizaciones efectivamente canceladas correspondientes a dicha planilla, podrán deducir hasta 9 UTM en el año, por concepto de Franquicia Tributaria para la Capacitación. En caso que el 1% de la planilla anual de remuneraciones imponible sea superior a 9 UTM, el contribuyente podrá optar a deducir aquel 1% por concepto de Franquicia Tributaria.

En tanto, aquellos contribuyentes que tengan una planilla anual de remuneraciones imponible menor a 45 UTM y mayor a 35 UTM, que registren cotizaciones efectivamente canceladas correspondientes a dicha planilla, podrán deducir hasta 7 UTM en el año.

Según la renta bruta del participante, se tienen los siguientes tramos de franquicia:

De 0 a 25 UTM = 100%

De 25 a 50 UTM = 50%

Sobre 50 UTM = 15%

19.- ¿Que es el subsidio al empleo joven?

Es un complemento al sueldo que reciben directamente jóvenes trabajadores de 18 a 24 años de sectores vulnerables que perciben bajos salarios.

Los trabajadores y empleadores, por separado, deben presentar su solicitud a través del sitio www.subsidioempleojoven.cl.

Los trabajadores deben presentar su solicitud dentro del año en que perciben sus remuneraciones o rentas por las cuales solicita el subsidio. Los empleadores deben hacerlo antes del día 25 de cada mes, de lo contrario se entiende que renuncian al beneficio por ese mes.

Requisitos

Trabajador dependiente:

  • Debe estar regido por el Código del Trabajo.
  • Tener entre 18 y menos de 25 años de edad.
  • Integrar un grupo familiar perteneciente al 40% más pobre de la población.
  • Recibir remuneraciones brutas mensuales inferiores a $461.938 o anuales brutas inferiores a $5.543.260.-

Trabajador independiente (honorarios):

  • Debe cumplir con los mismos requisitos anteriores de edad, pertenecer al 40% mas vulnerable y cumplir con los ingresos anuales.
  • Acreditar rentas de las señaladas en el N° 2 del artículo 42 de la Ley sobre Impuesto a la Renta en el año calendario en que se devenga el beneficio.
  • Estar al día en el paqo de sus cotizaciones obligatorias de pensiones y de salud del año calendario indicado.

Empleadores:

  • Pueden postular a sus trabajadores que estén regidos por el Código del Trabajo; que tengan la edad requerida, que integren un grupo familiar perteneciente al 40% más pobre de la población y que las remuneraciones brutas mensuales de éstos sean inferiores a $461.938.-
  • Además, debe tener pagadas las cotizaciones de seguridad social correspondientes al trabajador que postula al subsidio dentro del plazo legal establecido.

Las postulaciones a este beneficio se deben realizar a través del sitio web www.subsidioempleojoven.cl.

20.- ¿Qué instrumentos CORFO están disponibles para mí empresa?

Emprender un negocio Innovador

Subsidio Semilla de Asignación Flexible (SSAF)

Apoyo para la elaboración de proyectos Capital Semilla en etapa de puesta en marcha

Empaquetamiento Tecnológico para nuevos Negocios

Capital Semilla Estudios de Preinversión

Capital Semilla: Apoyo a la Puesta en Marcha

Capital de Riesgo CORFO para Empresas Innovadoras

Operación de Incubadoras de Negocios

Obtener financiamiento para su empresa

Reprogramación Créditos Pyme

Programa de Financiamiento a Fondos de Garantía de Instituciones de Garantía Recíproca I

Capital de Riesgo CORFO Inversión Directa en Fondos de Inversión

Crédito CORFO Inversión

Crédito CORFO Microempresa

Capital de Riesgo CORFO para Empresas Innovadoras

Transferir tecnología

Desarrollo de Capacidades técnicas de Capital Humano en sectores relevantes

Misiones Tecnológicas

Pasantías Tecnológicas

Consultoría Especializada

Programa de Difusión Tecnológica

Nodos Tecnológicos

Innovar en la Empresa

Apoyo para Proyectos de Innovación de Rápida Implementación

Incentivo Tributario a la Inversión en Investigación y Desarrollo

Prospección e investigación de mercados externos

Plataforma de Negocios para la Innovación

Innovación Empresarial Individual

Mejorar la gestión de procesos

Certificación para Servicios Turísticos de Calidad

Programa de Preinversión en Energías Renovables No Convencionales.

Fomento a la Calidad

Programa de Preinversión en Eficiencia Energética

Programa de Emprendimiento Locales

Desarrollar negocios en forma asociativa

Programa de Desarrollo de Proveedores

Proyectos Asociativos de Fomento

Mejorar el entorno para la innovación

Apoyo al Entorno de Emprendimiento Innovador, Financiamiento FIC - Regional

Preinversión para Investigación y Desarrollo Asociativa Internacional

Innovación Precompetitiva

Bienes Públicos para la Innovación

Ejecutar proyectos audiovisuales

Programa de Fomento al Cine y a la Industria Audiovisual

Fuente: Corfo

21.- ¿Que convenios de capacitación tiene AIR?

En la actualidad AIR, mantiene sólo convenios de Capacitación con tres instituciones:

  • Universidad Gabriela Mistral.
  • Universidad Arturo Prat.
  • Universidad de Los Lagos.

Con cada una de estas instituciones los socios de AIR y sus trabajadores pueden acceder a precios preferenciales.Alguno de los cursos que estan instituciones dictan pueden ser realizados en las instalaciones de AIR, existiendo los quorums definidos en los Convenios.

Si requiere información complementaria en este tema, favor contactarse a los teléfonos 22273 19 20 ó 22275 10 68.

22.- ¿Como obtener datos de arriendo o compra en el Parque Industrial?

Para arrendar o comprar en el Parque Industrial usted puede acceder a la publicación mensual que realiza AIR en su pagina web o solicitar la información al correo cobranzas@air.cl

23.-¿Donde puedo instalar una industria en La Reina?

Las actividades industriales en La Reina, en concordancia con la normativa comunal, PRC sólo pueden instalarse en la zona F o Parque Industrial, que corresponde al cuadrante formados por la calles Alc. Fdo Castillo Velasco y Talinay y por Jorge Alessandri y Laura Rodriguez.

Es posible instalar fuera de este cuadrante actividades menores asimilables a industrilaes, bajo la ley de microempresa familiar.

Se recomienda concurrir a la unidad de patentes y dirección de obras municipales de La Reina antes de iniciar una actividad.

24.- ¿Que tipos de actividades económicas están permitidas en Parque Industrial de La Reina?

  • Industrias, Talleres y Bodegas calificadas como Inofensiva o Molestas por la Seremi de Salud:
  • Infraestructura: las cuales se encuentran definidas en el PRC.

Cada una de las actividades señaladas en los párrafos precedentes, debe cumplir condiciones de edificación las cuales se encuentran definidas en el PRC, que está en la pagina web del Municipio , www.lareina.cl o concurrir a la Dirección de Obras Municipales y solicitar atención en el tema con el arquitecto revisor de turno.

25.- ¿Cuales son los teléfonos de interés más frecuentes en la comuna?

  • Carabineros, 16° Comisaría de La Reina = 22922 2600
  • Plan Cuadrante 102 = +569 9 829 1903
  • Policía de Investigaciones = 22273 35 00
  • Seguridad Ciudadana e Inspección Municipal = 800 222 121
  • ACHS LA REINA = 22515 59 11

Asociación de Industriales de la Reina A.G.

(56-2) 2273 1920 - (56-2) 2275 1068

secretaria@air.cl

Av. Jorge Alessandri 50, La Reina, Santiago